8 de noviembre de 2024
El Tribunal Constitucional les reconoce un permiso por nacimiento de su hijo o hija de hasta 26 semanas. Esta sentencia es de gran interés para la protección de la infancia, declarando inconstitucional el precepto que hasta ahora discriminaba en el acceso al permiso por nacimiento de familias con un solo progenitor.
Esta cuestión de inconstitucionalidad fue puesta en cuestión por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, que consideró que diversos artículos del Estatuto de los Trabajadores y de la Ley General de la Seguridad Social generaban un trato discriminatorio para descendientes de una familia monomarental ya que el tiempo total de cuidados se veía reducido drásticamente respecto de las familias biparentales.
Este reconocimiento del Tribunal Constitucional pone de manifiesto que los hijos e hijas de una familia monoparental requieren los mismos cuidados. y tienen las mismas necesidades que los nacidos en una biparental. Además, se ha visibilizado la discriminación por razón de sexo que generaban los preceptos legales a analizar ya que la mayoría de las familias con un progenitor se encuentra a cargo de una mujer.
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