Delegados de Prevención

La figura de la Delegada o Delegado de Prevención se establece en el artículo 35 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. Según se define en este artículo, “son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo”Las principales funciones de los delegados de prevención son las siguientes:

  • Colaborar. Con la dirección de la empresa en la mejora de la acción preventiva.
  • Promover y fomentar. La cooperación de los trabajadores en la ejecución de la normativa sobre la prevención de riesgos laborales.
  • Ser consultados. ...
  • Ejercer una labor de vigilancia y control.


Nuestros Delegados de Prevención y sus ámbitos de actuación




Antonio Giménez Felices
Almería

 

Carlos Javier Zapico Suárez
Asturias

Rául Cerezo Zamorano
Cádiz

María Aránzazu Olivares Cenjor
Córdoba

Ángel Arias Menchen
Ciudad Real

Julio Torres Noguera
Granada

Antonio Canuto Álamo
Huelva

Flor Hortelano Bueno
Jaen

Mónica Doral Tascón
León

Ana Belén Méndez Fernández
León-El Portillo

Ana Belén Ballesta Caparrós
Madrid

José Antonio Fernández Bautista
Málaga

Jose María Artacho Nevado
Málaga-Marina


Julián Alonso Curto
Málaga-CPD Ronda

Marta Lanzas Ramírez
Málaga-Eurocom


Lydia Triguero Ruiz
Málaga-Hilera

Manuel González Garrido
Málaga OP


Aurelio Crespo Gutiérrez
Palencia

Antonio José Montejo Ciudad
Salamanca


Francisco José Cruces Martos
Sevilla

Fernando Cánovas Montoya
Valladolid


Elena Zapater Cuoso
Valladolid-Zorrilla

Ángel Martín Fernández
Zamora



 

 

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